abogados

Prisión preventiva: ¿qué hacer si tienes una orden de arresto?

¿Se ha emitido una orden de arresto contra usted o un familiar? Actuar con rapidez y deliberación es crucial. No proporcione información a las autoridades investigadoras. Tiene derecho a guardar silencio y a solicitar representación legal.

Als Strafrechtskanzlei mit Sitz in Hamburg und erfahrene Strafverteidiger wissen wir, wie belastend diese Situation ist – und wie wichtig schnelles Handeln jetzt ist. 

¿Qué es la prisión preventiva? – Requisitos y marco legal

La prisión preventiva es una grave violación de la libertad personal. De acuerdo con los §§ 112 y siguientes. StPO, solo se podrá solicitar si se cumplen determinados requisitos legales:

1. Fuerte sospecha

Una orden de arresto requiere que el acusado probablemente haya cometido un delito. La mera sospecha inicial no es suficiente.

2. Motivos de detención

Además de una fuerte sospecha de un delito, debe existir una razón legalmente reconocida para la detención, por ejemplo: P.ej.:

  • Escapar: La persona ya se ha ido o se ha escondido.
  • Riesgo de fuga: Existe una preocupación fundada de que el acusado evadirá el proceso.
  • Peligro de apagón: Se sospecha que se están destruyendo pruebas o que se está influyendo en los testigos.
Tribunal Superior Regional de Brandeburgo, sentencia de 15 de enero de 2025 (caso núm. 1 Ws 1/25) sobre la suspensión de los requisitos para una orden de detención debido al riesgo de obstrucción a la justicia:

El Tribunal Superior Regional de Brandeburgo tuvo que resolver sobre un recurso de apelación contra su detención el 15 de enero de 2025. El acusado ya se encontraba en prisión preventiva ininterrumpida desde el 27 de marzo de 2024. El 13 de noviembre de 2024, fue condenado a tres años y ocho meses de prisión. Sin embargo, la sentencia no quedó firme debido a que el acusado interpuso un recurso de apelación. Posteriormente, el tribunal decidió, de conformidad con el artículo 268b del Código de Procedimiento Penal, confirmar la orden de arresto y prorrogar la ejecución de su prisión preventiva.
El Tribunal Superior Regional de Brandeburgo ha dictaminado que una orden de arresto basada únicamente en el riesgo de obstrucción a la justicia debe levantarse al concluir la audiencia judicial final si el acusado ha realizado una confesión confirmada mediante la práctica de pruebas. A pesar de la persistencia de una fuerte sospecha de culpabilidad de conformidad con el artículo 112, párrafo 1, del Código de Procedimiento Penal, no existe riesgo de obstrucción a la justicia si los hechos del caso han sido plenamente esclarecidos mediante una confesión exhaustiva del acusado o mediante pruebas (físicas) obtenidas. Solo se puede presumir un riesgo de obstrucción a la justicia si el acusado perjudica la determinación de los hechos delictivos pertinentes al influir indebidamente en pruebas materiales y personales. Incluso si el acusado se retracta de la confesión o la minimiza, las conclusiones pueden ser confirmadas por jueces profesionales que actúen como interrogadores o mediante pruebas físicas.

  • Riesgo de recurrencia: En el caso de ciertos delitos graves, esto también puede constituir motivo de detención.

3. Proporcionalidad

La prisión preventiva debe ser adecuada. Solo se podrá ordenar si medidas menos severas, como la obligación de presentarse, el pago de una fianza o la entrega del pasaporte, resultan insuficientes. Además, se aplica la presunción de inocencia: la prisión preventiva no sustituye una sentencia posterior, sino simplemente una medida de salvaguardia.

Tribunal Superior Regional de Düsseldorf, sentencia de 3 de julio de 2025 (caso n.º 2 Ws 306/25) sobre el carácter desproporcionado de la prisión preventiva debido a retrasos procesales:

El Tribunal Superior Regional de Düsseldorf ha dictaminado que la prisión preventiva del acusado ya no es proporcionada, a pesar de la condena a una considerable pena total de 13 años de prisión, aún no firme. Si bien persisten fuertes sospechas de culpabilidad y existe riesgo de fuga, esto constituye una grave violación del principio de celeridad. Debido a la finalización tardía de la transcripción de la audiencia principal, el procedimiento se retrasó significativamente durante más de seis meses, lo cual no se puede justificar y constituye, además, una injerencia inaceptable en el derecho a la libertad del acusado. Por lo tanto, la decisión de mantener la prisión preventiva y las órdenes de arresto subyacentes fueron revocadas debido a una violación del principio de proporcionalidad.

Tribunal Superior Regional de Hamm, sentencia de 18 de febrero de 2025 (caso n.º 2 Ws 306/25) sobre la desproporcionalidad de la prisión preventiva en relación con la pena de prisión prevista:

El Tribunal Superior Regional de Hamm se pronunció sobre la proporcionalidad de una orden de detención nacional y una europea. El tribunal concluyó que las demoras procesales en el proceso de apelación no necesariamente hacen que la orden de detención sea desproporcionada. Evaluar la proporcionalidad requiere una ponderación de intereses que tenga en cuenta no solo el interés del Estado en perseguir el delito, sino también el derecho del acusado a la tutela judicial efectiva, consagrado en el artículo 19, apartado 4, de la Ley Fundamental, y su derecho fundamental a la libertad, consagrado en el artículo 2, apartado 2, de la Ley Fundamental. El acusado ya lleva seis meses detenido en Italia a la espera de su extradición. Esto es proporcional a la pena de prisión prevista, que excede el período de prueba.
No obstante, el tribunal declaró que la prolongación de la prisión preventiva suele ser desproporcionada si su duración alcanza la totalidad de la pena de prisión prevista o es, al menos, tan larga que el resto de la pena, tras deducir la prisión preventiva, constituye solo una fracción de la pena total. En principio, la prisión preventiva que debe tenerse en cuenta también incluye la detención en espera de extradición al extranjero sobre la base de una orden de arresto nacional.

Procedimiento después de un arresto: ¿qué sucede durante la prisión preventiva?

Después de la detención, el acusado deberá ser presentado ante un juez a más tardar al día siguiente. El tribunal decide si se emite, confirma, suspende o revoca por completo la orden de arresto.

Comparecencia ante el juez

Durante la comparecencia ante el juez, se puede decidir si se emitirá o no una orden de arresto. Este es el caso, por ejemplo, si el acusado ha sido sorprendido en flagrancia por la policía y es cuestionable su prisión preventiva por este delito. O bien, puede que ya exista una orden de arresto contra el acusado, lo que significa que ya fue buscado y posteriormente arrestado por la policía.

La comparecencia suele tener lugar ante el juez que emitió la orden de arresto. De no ser posible, un juez de oficio emitirá una orden de arresto ya emitida.

Posibles decisiones judiciales si ya se ha emitido una orden de captura:

  • Se levanta la orden de arresto (§ 120 StPO):La persona es puesta en libertad inmediatamente, por ejemplo, si la sospecha del delito o el motivo de la detención ya no existen.
  • La orden de arresto sigue vigente:La persona es puesta bajo custodia.
  • La orden de arresto está suspendida (§ 116 StPO):La liberación suele estar sujeta a condiciones (por ejemplo, obligación de presentarse, fianza) que, en opinión del tribunal, son suficientes para contrarrestar los respectivos motivos de detención.
OLG Naumburg, sentencia de 22 de enero de 2025 (1 Ws 11/25) sobre la suspensión de una orden de detención:

El Tribunal Superior Regional de Naumburgo rechazó un recurso de la fiscalía para restablecer las órdenes de arresto contra los acusados. Las órdenes de arresto se habían suspendido previamente tras 49 días de procedimiento debido a que el procedimiento se había aplazado debido a la enfermedad prolongada de un juez asociado. Si bien se cumplieron en general las condiciones para el restablecimiento de las órdenes de arresto según el artículo 115, párrafo 4, n.º 3 del Código de Procedimiento Penal, en particular porque existía una fuerte sospecha de delito y riesgo de reincidencia, esto constituyó una grave violación del principio de celeridad. El principio de celeridad en los casos de detención debe observarse, aunque de forma limitada, incluso durante los períodos en que una orden de arresto está suspendida. Si el tribunal no ha adoptado ninguna medida procesal ventajosa tras la suspensión de una audiencia principal —en este caso durante 11 meses—, el restablecimiento de la orden de arresto según el artículo 116, párrafo 4, n.º 3 del Código de Procedimiento Penal no es una opción, independientemente de la existencia de delitos subyacentes graves.

Duración de la prisión preventiva y cuándo debe terminar

La prisión preventiva no constituye una sanción, sino que sirve únicamente para salvaguardar el proceso penal (una "medida de salvaguardia procesal"). Por lo tanto, solo puede durar el tiempo que sea necesario y proporcionado.

Duración máxima

  • Caso normal: Hasta 6 meses.
  • Posible ampliación, si existen circunstancias especiales, por ejemplo, investigaciones complejas, riesgo de reincidencia o múltiples delitos. En tales casos, la prisión preventiva puede extenderse, mediante una decisión separada del Tribunal Regional Superior, a hasta 12 meses ser extendido.
OLG Hamm, sentencia de 13 de mayo de 2025 (caso n.º 2 Ws 18/25) sobre la continuación de la detención:

Mediante auto del 13 de mayo de 2025, la 2.ª Sala Penal del Tribunal Superior Regional de Hamm levantó una orden de arresto tras seis meses de prisión preventiva y se negó a prorrogarla. A pesar de la posibilidad de una fuerte sospecha de delito y del riesgo de fuga o reincidencia, el Tribunal Superior Regional de Hamm dictaminó que la orden de arresto debía levantarse de conformidad con el artículo 121, apartado 1, y el artículo 122, apartado 2, del Código de Procedimiento Penal (StPO), dado que las investigaciones ya estaban prácticamente concluidas cuando se dictó la orden de arresto y las investigaciones en curso se referían a delitos no objeto de la misma.

El tribunal aclaró que, en el procedimiento especial de revisión de la detención, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Procedimiento Penal, al evaluar la existencia de dificultades particulares, el alcance específico de la investigación u otras razones importantes en el sentido del artículo 121 (1) del Código de Procedimiento Penal, solo se tendrán en cuenta los delitos enumerados en la orden de detención y por los que se cumple prisión preventiva. Esto se aplica generalmente incluso si la orden de detención presentada con el expediente podría haberse ampliado para incluir delitos adicionales, pero no se extendió.

Principio de aceleración

Los procedimientos penales deben proseguirse con especial vigor durante la prisión preventiva. Tan pronto como desaparezca la fuerte sospecha de un delito o los motivos de la detención, la prisión preventiva debe levantarse, independientemente del estado de la investigación.

Tribunal Constitucional Federal, sentencia de 5 de febrero de 2025 (caso núm. 2 BvR 24/25, 2 BvR 69/25) sobre el desarrollo procesal adecuado en la prisión preventiva:

La Tercera Sala del Segundo Senado del Tribunal Constitucional Federal ha declarado varios recursos de inconstitucionalidad basados en denuncias de detención, que previamente fueron desestimados por infundados, admisibles y fundados. Ya durante el procedimiento, los abogados defensores de los demandantes alegaron una violación del principio de celeridad en las audiencias debido al número insuficiente de audiencias. Con 27 días de audiencias en 41 semanas, y por lo tanto una densidad promedio de audiencias de 0,66 días por semana, y una intensidad de audiencia inferior a una hora en varios días, es necesario examinar si el tribunal penal cumplió adecuadamente con su deber de planificar proactiva y rigurosamente la audiencia principal en un procedimiento tan extenso.

El Tribunal Superior Regional de Dresde desestimó inicialmente las quejas por infundadas, ya que el proceso se había visto dificultado por el programa de pruebas ya completado, el tiempo de preparación requerido por la defensa y las limitaciones de calendario de las partes implicadas, a pesar de que la densidad e intensidad de las audiencias no cumplían los requisitos.

El Tribunal Constitucional Federal ha dictaminado que la prisión preventiva durante más de un año hasta el inicio de la audiencia principal o la emisión de un veredicto solo puede justificarse en casos muy excepcionales, incluso teniendo en cuenta los criterios que conducen a una prolongación de los procedimientos (principalmente: complejidad del caso legal, gran número de personas involucradas, conducta de la defensa). Cuanto más larga sea la prisión preventiva, más estrictos deben ser los requisitos para el rápido progreso de los procedimientos en los casos de detención. En procedimientos previsiblemente extensos, se requiere una audiencia principal anticipada que también cubra períodos de tiempo más largos, con más de un día promedio de audiencia principal por semana. La gravedad del delito y la consiguiente pena esperada por sí solas no pueden servir como justificación para una prisión preventiva ya prolongada en el caso de retrasos procesales significativos y evitables atribuibles al estado.

Como norma, toda decisión que ordene la continuación de la prisión preventiva debe incluir declaraciones actualizadas sobre la persistencia de sus requisitos, la ponderación del derecho fundamental a la libertad del acusado con el interés público en el proceso penal y la cuestión de la proporcionalidad. Además, posponer la audiencia principal por dificultades de agenda para los abogados defensores —incluso si el derecho a ser defendido por un abogado de su elección goza de rango constitucional— no constituye una circunstancia que justifique una demora significativa en el proceso.

Recursos legales contra las órdenes de prisión preventiva: ¿qué puede hacer?

El acusado tiene varios recursos legales a su disposición contra la orden de prisión preventiva. El objetivo es la liberación inmediata o la suspensión de la orden de arresto bajo ciertas condiciones.

1. Revisión de la detención (artículo 117 del Código de Procedimiento Penal)

Una revisión de la detención es apropiada si hay razones fácticas para oponerse a la orden de detención preventiva, en particular si las circunstancias han cambiado a favor de la persona acusada desde la fecha de la comparecencia:

  • Se llevará a cabo una audiencia ante el juez dentro de dos semanas después de la solicitud.
  • La defensa puede argumentar que los motivos de detención ya no se aplican o que medidas más leves serían suficientes.

2. Recurso contra la detención (artículo 304 del Código de Procedimiento Penal)

Para una revisión legal de la decisión del juez de detención, es posible interponer un recurso contra la orden de detención. Esto dará lugar a que el tribunal inmediatamente superior la revise.

  • Se examinará si la orden de detención era legal y estaba suficientemente justificada.
  • En algunos casos, el procedimiento también conduce a un acuerdo con el Ministerio Fiscal, por ejemplo a la revocación de la orden de detención o a la suspensión de su ejecución.

Tribunal Superior Regional de Saarbrücken, sentencia de 25 de febrero de 2025 (caso n.º 1 Ws 26/25) sobre el acuerdo de suspensión de la ejecución:

El Tribunal Superior Regional de Saarbrücken dictó sentencia el 25 de febrero de 2025 sobre la admisibilidad de un recurso contra la detención, tras un acuerdo de conformidad con el artículo 257c del Código de Procedimiento Penal. El acusado se encontraba en prisión preventiva. Tras la presentación de los cargos, se llegó a un acuerdo entre el tribunal y las partes del proceso. Según este acuerdo, en caso de confesión según los cargos, el tribunal proporcionaría información sobre la pena y declararía que la orden de detención se suspendería sujeta a un requisito de informe tres veces por semana. Tras la admisión y la práctica de pruebas, se presentó una moción para suspender la orden de detención. Tras la condena, que se convirtió en firme tras una apelación, la orden de detención se suspendió sujeta a condiciones. La fiscalía presentó un recurso contra este recurso, pero el recurso fue desestimado por infundado. El Tribunal Superior Regional de Saarbrücken dictaminó que un recurso contra la detención es admisible incluso si la suspensión de la orden de detención ya formaba parte de un acuerdo entre el tribunal y las partes del procedimiento, de conformidad con el artículo 257c del Código de Procedimiento Penal. El tribunal de apelación que decide sobre el recurso contra la detención está obligado por un acuerdo procesal, de conformidad con el artículo 257c del Código de Procedimiento Penal, que incluía la cuestión de la detención.

Prisión preventiva en procedimientos ulteriores: crédito e indemnización

Crédito a la pena

Si el acusado es posteriormente condenado, el período de prisión preventiva se computará en cualquier pena de prisión o multa. Sin embargo, se permite una excepción si la conducta del condenado después del delito hace que dicha computación parezca injusta.

Indemnización en caso de absolución

Si el acusado es absuelto o el proceso se suspende, en determinadas circunstancias, suele existir un derecho a indemnización en virtud de la Ley de Compensación Penal (StrEG):

  • 75 euros por día en prisión preventiva (artículo 7 (3) StrEG),
  • posibles compensaciones adicionales por otras desventajas, p. ej. B. Pérdida de ganancias.

La solicitud no es automática: la haremos por usted si se cumplen los requisitos.

¿Qué derechos tienen los sospechosos en prisión preventiva?

Incluso en prisión preventiva, los sospechosos conservan sus derechos básicos. Estas sirven para proteger la dignidad humana y garantizar una defensa justa en los procedimientos en curso.

Contacte con la defensa

Un intercambio irrestricto y confidencial con el abogado defensor penal es posible en cualquier momento y no puede ser monitoreado.

Correspondencia y visitas

  • Generalmente se pueden recibir y enviar cartas.
  • Si existe riesgo de obstrucción a la justicia, el poder judicial podrá realizar una inspección.
  • Las visitas están permitidas, pero normalmente están vigiladas visualmente (y posiblemente acústicamente), si el preso tiene un estatuto de detención correspondiente.

Puede encontrar más información sobre las visitas al centro de detención preventiva de Hamburgo, Holstenglacis 3-5, aquí:

Para las visitas a detenidos preventivos en la prisión de Billwerder, puede encontrar la información necesaria aquí:

Condiciones de detención en prisión preventiva

Una orden de arresto puede utilizarse para establecer un estatuto de detención. Este estatuto de detención contiene las llamadas restricciones basadas en el motivo (artículo 119 (1) del Código de Procedimiento Penal), por ejemplo, en el caso de varios acusados detenidos en el mismo caso, casi como una norma. Orden de separación y la disposición de la Monitoreo de cualquier comunicaciónSin embargo, si se van a monitorear todas las llamadas telefónicas, especialmente las de familiares, las opciones de tiempo son muy limitadas debido a las limitaciones de capacidad: alguien de la Oficina Estatal de Policía Criminal, la oficina de investigación fiscal o similar tendría que escuchar cada vez. En casos de delitos graves, la orden de...confinamiento solitario“, es decir, en particular, no se permite el alojamiento conjunto, no se puede participar en actividades de mudanza o apertura y solo se puede pasar tiempo en el patio de forma aislada.

Si consideramos que el La prisión preventiva en sí (solamente) uno medida de salvaguardia procesalPor lo tanto, las restricciones adicionales suelen requerir, al menos desde la perspectiva de los abogados defensores penales, su derogación, ajuste y, por consiguiente, su revisión judicial. El Tribunal Constitucional Federal (BVerfG) ha sostenido reiteradamente, incluso en jurisprudencia reciente (BVerfG, sentencia del 15 de noviembre de 2022 – 2 BvR 1139/22), que los tribunales «deben examinar siempre si existen indicios concretos de la existencia de tal peligro en el caso individual, y si la mera posibilidad de que un preso en prisión preventiva abuse de sus libertades [...] no es suficiente para imponer restricciones al interpretar el artículo 119 I del Código de Procedimiento Penal que tenga en cuenta los derechos fundamentales».

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) también se ha mostrado reiteradamente preocupado por la posibilidad de que un tribunal revise las condiciones de detención impuestas. El 4 de junio de 2024, el TEDH dictaminó en un procedimiento contra Alemania que la falta de revisión de las condiciones de detención de un preso debido a decisiones administrativas y judiciales contradictorias violaba su derecho a un juicio justo, artículo 6 (1) (1) del CEDH. Según el TEDH, debido a los múltiples traslados, al interesado le resultó imposible determinar el tribunal responsable de revisar las condiciones de detención o formular solicitudes suficientemente específicas. Esto le niega el acceso a la justicia garantizado por el artículo 6(1) del CEDH.

Obtener la revisión judicial de la legalidad de las condiciones de detención impuestas a los detenidos en prisión preventiva forma parte, en ocasiones, de nuestro trabajo diario. Como abogados penalistas con experiencia, estaremos encantados de ayudarle.

Prisión preventiva en Hamburgo

Las personas acusadas que comparecen ante un juez en Hamburgo y se encuentran en prisión preventiva suelen ser recluidas en el centro de detención preventiva de Holstenglacis (comúnmente conocido como el centro de detención preventiva "Dammtor"). Los hombres en prisión preventiva son alojados allí y en el centro penitenciario de Billwerder. Solo el centro penitenciario de Billwerder está disponible para mujeres en prisión preventiva. Los menores de edad se alojan —actualmente, aunque la ciudad de Hamburgo está planeando cambios de gran alcance— en el centro de detención juvenil de Hanöfersand, en la isla de Elba.

Como abogados penalistas con amplia experiencia en Hamburgo, visitamos regularmente las tres prisiones. Gracias a nuestra amplia experiencia, apoyamos a nuestros clientes en la defensa contra la prisión preventiva, tanto durante las audiencias judiciales como en los recursos de apelación, así como en la gestión de cuestiones derivadas de la detención en el Centro de Detención Preventiva de Holstenglacis o en la Prisión de Billwerder.

Preguntas frecuentes

Was ist Untersuchungshaft?

Untersuchungshaft (U-Haft) ist die vorläufige Freiheitsentziehung einer beschuldigten Person, bevor das Urteil in einem Strafverfahren gesprochen wurde. Sie dient der Sicherung des Strafverfahrens und kann nur mittels Haftbefehls eines Richters angeordnet werden.

Was sind Gründe für Untersuchungshaft?

U-Haft kann aus verschiedenen Gründen angeordnet werden. Hierunter fallen die Fluchtgefahr, die Verdunkelungsgefahr und die Wiederholungsgefahr. Außerdem kann U-Haft bei bestimmten schweren Straftaten schon aufgrund des dringenden Verdachts, das so eine schwere Straftat begangen wurde, angeordnet werden – zum Beispiel bei Mord oder Totschlag.

Was sind die Voraussetzungen für U-Haft?

Damit ein Untersuchungshaftbefehl erlassen wird, muss gegen die beschuldigte Person ein dringender Tatverdacht bestehen, einer der oben genannten Haftgründe vorliegen und die Haft muss verhältnismäßig sein.

Wer entscheidet über die U-Haft?

Ein Haftbefehl kann nur von einem Richter erlassen werden; in der Regel geschieht dies auf Antrag der Staatsanwaltschaft.

Wie lange darf man in Untersuchungshaft bleiben?

Grundsätzlich 6 Monate. Eine Verlängerung ist aber möglich, wenn die Ermittlungen besonders schwierig und umfangreich sind oder aus einem anderen wichtigen Grund noch kein Urteil gesprochen wurde. Darüber entscheidet dann das Oberlandesgericht.

Wird die Untersuchungshaft auf eine spätere Strafe angerechnet?

Ja, bei einer Verurteilung wird die in U-Haft abgesessene Zeit auf eine Freiheits- oder Geldstrafe angerechnet.

Welche Rechte hat jemand in Untersuchungshaft?

Für Untersuchungshäftlinge gelten die allgemeinen Grundsätze, zum Beispiel das Recht auf einen Anwalt und Verteidigung, das Recht zu Schweigen und die Unschuldsvermutung. Zusätzlich gibt es die Möglichkeit auf Haftprüfung durch ein Gericht und das Recht auf Kontakt zur Außenwelt, allerdings können Besuche, Telefonate und auch die Briefpost überwacht werden.

Was kann man tun, um eine Untersuchungshaft zu beenden?

Es gibt die Möglichkeit einer schriftlichen Haftbeschwerde, die vom nächsthöheren Gericht geprüft wird. Außerdem kann eine Haftprüfung beantragt werden, wobei es zu einer mündlichen Verhandlung kommt.

Was ist der Unterschied zwischen einer vorläufigen Festnahme und Untersuchungshaft?

Die vorläufige Festnahme ist eine vorläufige Ingewahrsamnahme einer Person, die durch die Staatsanwaltschaft oder die Polizei angeordnet wird und maximal 48 Stunden dauern darf. Die Untersuchungshaft setzt einen richterlichen Haftbefehl voraus und kann über Monate andauern.

Können Angehörige Auskunft über jemanden in U-Haft bekommen?

Eine Auskunft über die Behörden zu erhalten ist meist aus Datenschutzrechtlichen- und Verfahrensgründen nicht möglich. Direkte Informationen kann daher in der Regel nur ein Anwalt geben – dieser kann seinen Mandanten in Untersuchungshaft besuchen.

abogados